Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados
¿Qué es el ITP?
El ITP (Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados) es un impuesto indirecto que deben pagar tanto aquellas personas físicas que realicen transmisiones patrimoniales onerosas de cualquier tipo de bien o derecho, como personas jurídicas que realicen operaciones societarias.
La gestión del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados se encuentra cedido a las comunidades autónomas en las cuales se haya producido la transmisión.
El periodo de presentación del impuesto es de 30 días naturales desde el día siguiente a la realización de la transacción sujeta al impuesto. Además se prevé la posibilidad de aplazar o fraccionar el pago del impuesto. Presentarlo fuera de este período si estás obligado conlleva recargos.
ITP de Transmisiones Patrimoniales Onerosas
Están sujetas a tributar por ITP las transmisiones de patrimonio de carácter civil entre particulares, tanto de los bienes situados en territorio español como en territorio extranjero si el sujeto pasivo es residente fiscal en España. El sujeto pasivo de la operación es el que adquiere el bien. Principales ejemplos:
- Compraventa de bienes inmuebles. Cabe matizar que tributan por ITP las segundas y siguientes compras de bienes inmuebles, sino por IVA.
- Arrendamiento de vivienda (exención).
- Compraventa de bienes muebles.
- Compraventa de vehículos usados. Existe una normativa específica para estas operaciones, como normal general sólo se debe abonar ITP por la compraventa entre particulares de vehículos de más de 10 años.
- Préstamos y fianzas a familiares.
- Concesiones administrativas.
- Exención para alquileres: Tras la aprobación de la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) los contratos de arrendamiento de viviendas firmados a partir del 19 de diciembre de 2018 estarán exentos de gravamen de ITP.
ITP de Operaciones Societarias
Debemos puntualizar que a efectos de ITP tienen consideración de sociedades personas jurídicas con fines lucrativos y comunidades de bienes que realizan actividades empresariales y cuya sede social este situada en España.
Aunque actualmente la mayoría de operaciones societarias están exentas de tributación por ITP, se debe aplicar el impuesto a todo tipo de operaciones societarias como por ejemplo las siguientes:
- Constitución de una sociedad mercantil (exención).
- Disolución de una sociedad.
- Contratos de cuenta en participación (exención).
- Aumentos y traslados de capital societario (exención).
ITP en actos jurídicos documentados
Por lo que se refiere a los actos jurídicos documentados, están sujetos al impuesto todos aquellos documentos mercantiles, escrituras públicas y documentos administrativos que acrediten una transmisión patrimonial.
- Documentos notariales como primeras copias de escrituras públicas y actas notariales.
- Documentos mercantiles como letras de cambio y documentos con función de giro.
- Documentos administrativos y judiciales como anotaciones preventivas de embargo y la transmisión y rehabilitación de títulos nobiliarios.