Préstamos hipotecarios ¿Quién debe hacerse cargo del AJD?
Con su aprobación se pretende establecer seguridad jurídica y acabar con el clima de crispación e inestabilidad surgido a raíz de las posiciones contrapuestas del Tribunal Supremo en relación al sujeto pasivo del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).
El AJD es un impuesto que se aplica sobre la escritura notarial de las hipotecas. Se trata de un impuesto de carácter autonómico por lo que la cuantía varía, pero oscila entre el 0,5 y el 1,5% del gasto total (préstamo hipotecario, intereses y gastos).
El Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre, entró en vigor el pasado 10 de noviembre de 2018, por lo que afecta a las escrituras formalizadas a partir de esa fecha. Tras estos grandes cambios quedan muchas cuestiones por resolver, pero nuestros asesores fiscales sintetizan las modificaciones más importantes:
Sujeto pasivo
Se ha determinado que el sujeto pasivo del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) será el prestamista, el banco en general, cuando se trate de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria.
Exenciones
Cuando el prestatario sea alguna de las personas establecidas en el apartado A del artículo 45.I.B, las escrituras del préstamo hipotecario estarán exentas del impuesto AJD. En dicho artículo se contemplan las exenciones subjetivas (Estado, Administraciones Públicas, fundaciones, etc.).
Deducción del gasto
Cuando se trate de escrituras de préstamos hipotecarios, el gasto por el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados no será gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades para el prestamista.
Esta modificación tiene efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 10 de noviembre de 2018. Por lo que será gasto deducible para el ejercicio 2018 para aquellos sujetos pasivos cuyo ejercicio fiscal coincida con el año natural, como sucede en la gran mayoría casos.
Disposición derogatoria única
Queda derogado el párrafo segundo del artículo 68 del Reglamento, precepto que fue declarado nulo por STS de 16 de octubre por ser contrario a la Ley.